A- de 2022
Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Demandante Personeria De Bogota Oficina De Control Interno·Demandado Soto Roberto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá.
En el asunto de la referencia, las autoridades judiciales en disputa forman parte de la jurisdicción disciplinaria.
Por consiguiente, la controversia corresponde a un posible conflicto de competencia y no de jurisdicciones, por lo cual, esta Corporación se declarará inhibida para pronunciarse sobre el presente asunto, con el fin de garantizar que la Corte se limite a decidir las controversias que corresponden a sus atribuciones constitucionales.
Por lo tanto, remitirá el expediente a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que proceda de manera inmediata a pronunciarse sobre el conflicto de competencia suscitado y comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el conflicto de competencia suscitado entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, en relación con la queja radicada por el abogado Roberto Soto en contra de la funcionaria de la Personería Distrital de Bogotá, Sandra Jeannette Vásquez Ariza, y las Fiscalías 056 y 163.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1595 a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, para que (i) proceda de manera inmediata a pronunciarse sobre el conflicto de competencia suscitado y, a su vez, (ii) comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.